¿Se prohíbe una demanda bajo CPC a la luz del Artículo 226 de la Constitución india?

Una petición presentada de conformidad con el Art.226 no es un obstáculo para los pleitos civiles, ya que 226 establece una jurisdicción extraordinaria para el Tribunal Superior que respalda al Tribunal con la prerrogativa de emitir derechos en caso de violación de los derechos fundamentales o cualquier otro propósito.

Por el contrario, un remedio civil alternativo eficaz, aunque no tiene un impedimento, sin duda le da al Tribunal Supremo la facultad discrecional de rechazar la petición. Esto se hace para salvar el valioso tiempo de los Tribunales Superiores y para reforzar la fe del público en la Jerarquía de Tribunales.