Gracias por el A2A
La regla que rige el precio de los productos envasados es la Reglamentación de metrología legal (productos envasados). Las reglas relevantes son la Regla 6 (1) (e) que exige que cada paquete destinado a la venta minorista debe mencionar el precio de venta al por menor.
La Regla 2 (m) define el “precio de venta al por menor” como el precio máximo al que se puede vender la mercancía al consumidor final y el precio se imprimirá en la forma del MRP que incluye todos los impuestos.
La Regla 18 (2) dice: “Ningún vendedor minorista u otra persona, incluidos el fabricante, el envasador, el importador y el comerciante mayorista, deberá realizar cualquier venta de cualquier producto en forma empaquetada a un precio
Siguiendo estas reglas, la sobrecarga de refrescos en las salas de cine es ilegal y debe ser castigada. Sin embargo, la captura está en la Orden del Tribunal Supremo en el Estado de Himachal Pradesh Vs Associated Hotels of India , otorgada en 1972, que establecía que tales alimentos y bebidas no pueden considerarse ventas minoristas ya que siempre van acompañados por el servicio. Más tarde, en una petición presentada por la Federación de Hoteles y Restaurantes de la India y otros, instando a la Corte a hacer ineficaz la aplicación de las disposiciones de la Ley de Normas de Pesas y Medidas de 1976 y las Reglas de Productos Combinados de 1977 al hotel y la industria de restaurantes en Delhi, el Tribunal Superior de Delhi observó que el cobro de precios de agua potable por encima del MRP en el empaquetado durante los servicios de clientes en hoteles y restaurantes no viola ninguna de las disposiciones de la Ley. El precio que pagamos – Es el artículo hindú que explica lo mismo.
Por lo tanto, siempre que esté utilizando el servicio del hotel / restaurante / salas de cine, se les permitirá cobrar de más.
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Sin embargo, la Comisión Nacional, en su juicio sobre un asunto similar, confirmó la orden del Foro del Distrito de Bharuch (Gujarat) de imponer una multa de Rs. 1,56 lakh en el Hotel Nyay Mandir por cargar más de MRP en refrescos.
Sin embargo, el hecho es que, a menos que se revoque la decisión del Tribunal Supremo, en esos casos es poco lo que se puede hacer, excepto mover al tribunal del consumidor y esperar que se tome una decisión como la que tiene la Comisión Nacional. El gobierno debe tomar conocimiento de este problema para ayudar a resolverlo lo antes posible.